La Oficina de Registro de Títulos y Legalizaciones informa que para títulos digitales con QR ya no es necesario el sello de confrontado

El Ministerio de Educación, a través de la Oficina de Registro de Títulos y Legalizaciones, informa que para cualquier trámite no es necesario el sello de confrontado en los títulos digitales con código QR.
Por lo tanto, se recuerda que los títulos digitales con código QR se rigen por la normativa vigente, establecida en la Resolución CFE 440/23.
El documento completo de la Resolución CFE 440/23 puede descargarse desde este link, colocando el número 440 en el buscador.
