De cara a las elecciones que se llevarán a cabo el próximo domingo 26 octubre, el Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, informó cuáles son los documentos habilitados para votar.
Podrán utilizarse las siguientes versiones del Documento Nacional de Identidad:

•DNI tarjeta.
•DNI tarjeta de libreta celeste con la leyenda “no válido para votar” y sin especificación de ejemplar.
•DNI libreta celeste.
•DNI libreta verde.
•Libreta de enrolamiento.
•Libreta cívica.
Es importante recordar que el ejemplar del documento debe ser igual o posterior (más nuevo) al que figura en el padrón electoral.

Asimismo, se aclara que el DNI digital, utilizado en dispositivos móviles a través de aplicaciones oficiales, no es válido para votar, por lo que se recomienda llevar el documento físico correspondiente el día de los comicios.