El cobro de viáticos en la función municipal, no esta contemplado ante la ley es más el hecho de hacer ese perjuicio es motivo de despido por daños ocasionados al patrimonio municipal.

La cantidad de información publica que arrojo el Tribunal de Cuentas, dejo en descubiertos muchos items de los cuales la finalidad siempre fue una sola “Llevarse plata que era del pueblo”
El cobro de viáticos no esta contemplado en el ejercicio municipal como un acto legal, es por ello que el tribunal pide que devuelvan los montos con valor peso y con actualización al dolar según esta fecha.
Aparece en esta planilla el régimen solo de algunos meses, pero fueron años de cobro de estos sobre sueldos, es por ello que los montos pueden llegar a cifras millonarias, pero lo que si debe quedar claro es que esta plata es para las obras que debian hacerse, de las cuales jamas se hicieron.
Estos funcionarios se les aplicara según el redimen legal de municipalismo en el articulo 3 items 12 que aquel empleado,a municipal que ejecute algún daño al patrimonio municipal, instantáneamente pierde el trabajo y es lo que se ejecutará en el departamento, donde cerca de 21 ex funcionarios dejaran de tener acción municipal y no podrán ser funcionarios en futuro de igual manera.
Acá dejamos el documento publico el cual originariamente publicara el Tribunal de Cuentas con los montos solo de 3 meses, pero en realidad fueron 8 años que cobraron estos valores que los llevo a tener fortunas gracias al pueblo de 9 de Julio.


